La nueva aclaración del artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cual entró en vigor iniciando el 2020, estipula que “ se obliga a la retención de 6.0 por ciento a las personas morales o físicas con actividad empresarial, que reciban servicios en los que se ponga personal a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual».
Sin embargo, los contribuyentes siguen externando sus diferentes molestias respecto a la retención del 6% del IVA, con lo anterior, el vicepresidente fiscal del organismo de los contadores, Hector Amaya, señaló que todo es una confusión y que es importante aclarar todas las dudas lo más antes posible.
“Hemos escuchado diversos criterios, todos encaminados a aclarar el tema, lamentablemente algunos distan mucho de otros, por lo cual la desorientación ha cundido entre los contribuyentes”, aseguró Amaya.
Por lo mientras, las inconformidades se siguen presentando.
Redacción: Aranza Zúñiga
Fuente: El financiero.